- Suertudos de ganar las elecciones podrían ser vacados, porque las hojas de vida con falsa declaración pasan al Ministerio Público para los fines de Ley.
Según la Resolución N° 2873-2018-JNE establecen reglas para el tratamiento de los expedientes de exclusión que no han sido comprendidos en las audiencias públicas hasta el 7 de setiembre de 2018 y cuyas decisiones de primera instancia no han adquirido firmeza.
Todos los expedientes elevados en grado de apelación al JNE serán devueltos a los 93 Jurados Electorales Especiales instalados en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018 a nivel nacional, cuyos pronunciamientos no hayan sido vistos en audiencia hasta el 7 de setiembre en Lima.
De esta manera los suertudos candidatos en riesgo de ser retirados de la contienda electoral vuelven a la lid electoral de manera automática, respecto a los recursos de apelación interpuestos hasta el 7 de setiembre de 2018 y que aún no han sido elevados ante la superior instancia (JNE), los JEE solo deberán disponer las anotaciones marginales que correspondan, así como la remisión al Ministerio Público, salvo que la exclusión se sustente en alguno de los supuestos a los que hacen mención los artículos 33 y 35 de la Constitución Política.
El JNE habría tomado esta decisión debido a que el día de las elecciones se acerca y no se cuenta con mayor cantidad de tiempo para resolver las apelaciones en segunda instancia. Además, la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) requiere del plazo suficiente para imprimir las cédulas de sufragio, para lo cual se debe conocer con certeza quienes serán los postulantes a los distintos cargos públicos.
Por otro lado; los documentos de la Declaración Jurada de las Hojas de Vida con datos falsos pasaran al Ministerio Público para la investigación correspondiente y posterior determinación por falsedad, la misma que sería causal de vacancia por sentencia, si se trata de un candidato que gana las elecciones.
De acuerdo a Ley: “La inclusión de una falsedad en la hoja de vida, que es una declaración jurada, o la omisión de información constituyen delito contra la fe pública que puede ser penado hasta con seis años de prisión”
Este salvavidas que lanzó el JNE para que los candidatos permanezcan en la contienda electoral a nivel nacional, no justifica la información falsa que pusieron en sus Hojas de Vida, por ende mintieron con respecto a sus propiedades, sentencias y otros casos, que lamentablemente el electorado tendrá que sacar sus propias conclusiones al momento de elegir a su autoridad, si mienten en una hoja documentada bajo el apercibimiento de ser sancionados de acuerdo a Ley, la población ¿Creerá en su palabra de algún candidato? peor aún si al candidato le demostraron que su información es falsa.
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